Alfredo Muñoz, profesor de Derecho Mercantil de la Complutense y experto en esta tecnología, explica en qué consiste y qué aplicaciones tiene una innovación tan relevante como, aún, desconocida por gran parte de la población
Alfredo Muñoz, profesor de Derecho Mercantil de la Universidad Complutense de Madrid.
A grandes rasgos, la tecnología blockchain (traducido como “cadena de bloques”) es como un gran libro de contabilidad digital que registra todas las transacciones de manera transparente, segura y descentralizada, gracias a, entre otras cosas, el uso de la criptografía. Para entender qué es, cómo funciona y qué impacto tiene y tendrá en todo tipo de sistemas y transacciones futuras, hablamos con Alfredo Muñoz, profesor de Derecho Mercantil y director del Diploma de Alta Especialización en Blockchain en la Universidad Complutense de Madrid.
Pregunta. Profesor, empecemos por lo más obvio. ¿Puede proporcionar una visión general de lo que es y representa la tecnología blockchain?
Respuesta. Básicamente, el blockchain es un tipo de registro distribuido (DLT), es decir, que nos permite compartir la información existente con toda la red de nodos (ordenadores) de la que se forma parte. Cada vez que se añade información, se va compartiendo entre todos esos nodos, y cada uno de ellos tiene, teóricamente, una copia completa de la información que se ha ido generando en ese registro. Es lo que ocurre, por ejemplo, en bitcoin: cada miembro, cada nodo tiene una copia íntegra de esa red de blockchain y de todas las transacciones [lo que permite transferir criptoactivos de forma rápida y segura]. Se trata, además, de una información que no se puede modificar ni manipular, porque cada vez que se incorporan datos nuevos, se genera un hash (un algoritmo matemático) y una marca que señala la fecha y hora concreta en que se introdujo un determinado contenido.
Y eso ¿qué significa? Pues que, inicialmente, toda la información que está dentro es inmutable. Si es necesario modificar algo, podrás hacerlo en un segundo bloque; podrás decir “en el primer bloque me equivoqué”, o “es necesario modificar esa transacción”, porque la información, precisamente, se va acumulando por bloques. Imagínate un juzgado: la información que tú recoges de la celebración de una vista judicial queda en blockchain, y ya nadie puede manipularla. Y lo mismo sucede con las transacciones bancarias.
P. Pero se puede introducir información falsa, ¿no?
R. La información que introduzcas puede ser falsa, pero llegado el caso es una información que tú podrás constatar que se introdujo, e identificar en qué momento se hizo. El reglamento eIDAS 2, que está a punto de aprobarse en la Unión Europea, reconoce los registros distribuidos y, si se dan determinadas condiciones, les otorga unos efectos jurídicos. Y esto es importante porque significa que, con el blockchain, no solo nos va a permitir incorporar transacciones, sino también acreditarlas judicialmente.
P. ¿Cuál es el papel de la criptografía en las redes de blockchain?
R. Lo que hace la criptografía es codificar la información y evitar que se convierta en vulnerable. Al codificarla, nos aseguramos de que solo pueden abrirla el sujeto que la emite y el destinatario, con sus claves de acceso. Por lo tanto, la criptografía nos permite blindar, proteger esa información a la hora de hacer cualquier transacción, ya sea de un activo como el bitcoin o al transmitir un simple archivo.
P. Es decir, que asegura tanto la inmutabilidad de los datos como la seguridad de la comunicación.
R. Exacto. De la comunicación y de las transacciones. Ten en cuenta que llevamos 15 años con bitcoin, y nunca ha sido hackeado, porque utiliza una combinación de tecnologías entre las que está la criptografía.
P. ¿Qué aplicaciones tiene esta tecnología en las distintas industrias?
R. El primer sector, y sin duda el más afectado, es el financiero. Nosotros supimos del blockchain a causa del bitcoin, que hoy es un activo de inversión, pero que, cuando surgió, la intención era crear una red de pagos. Además, en 2022 se aprobó el reglamento de régimen piloto, que nos permite crear mercados de valores con tecnología blockchain y emplearla para las cotizaciones, para negociar instrumentos financieros, capital o deuda de las sociedades... Es importante señalar también que nos permite las transacciones descentralizadas (peer-to-peer), es decir, entre particulares, sin intermediarios. Esto es relevante porque, en un registro centralizado, yo siempre tengo que pasar por el nódulo central; si me hago una transferencia bancaria de una cuenta a otra del mismo banco, tengo que pasar por el nodo central: es decir, por así decirlo, tengo que “pedirle permiso”.
Luego, por otro lado, está emergiendo otra aplicación, que tiene que ver con los documentos de comercio transferibles. Te lo explico rápidamente: cuando tú pides un contenedor que viene de China a Europa en un barco mercante, la mercancía que transporta se representa con un documento llamado conocimiento de embarque. Pero este es un papel, porque siempre hemos funcionado con papel. Puede que, por ejemplo, este contenedor llegue al puerto de Valencia pero que el documento no haya llegado todavía, y eso supone un coste enorme, porque a veces hay que dejar la mercancía almacenada en el puerto hasta que llegue ese documento y se compruebe que es real. Bueno, pues ya se están introduciendo en tecnología blockchain.
Gracias a la inmutabilidad de la información, a la trazabilidad y la auditabilidad de los datos, se constituye también en un excelente mecanismo para luchar contra el blanqueo de capitales. Además, en materia de propiedad intelectual, y gracias al sellado de tiempo, deja constancia de la existencia de cualquier archivo que sea registrado en un DLT, acreditando su inalterabilidad y trazabilidad, lo que permite tutelar los derechos de autor. Y en materia de certificaciones educativas, se puede realizar un cotejo inmediato y directo sobre la validez de cualquier titulación que haya sido registrada en blockchain por la entidad emisora de la misma.
P. Y luego están los llamados contratos inteligentes o smart contracts.
R. Sí, pero hay que aclarar que, aunque se hayan traducido literalmente así, ni son necesariamente contratos (ojo, que pueden serlo), ni son “inteligentes”. Más bien son mandatos, códigos autoejecutables introducidos por un programador para que esa orden se ejecute al introducirla en la red blockchain. Y es que puede ser una prestación de cualquier tipo: por ejemplo, yo le puedo decir a un smart contract que, cada 31 de mes, si un trabajador sigue dado de alta en una empresa, le pague la nómina. Y lo que hace ese mandato, que está en una red blockchain, en un registro distribuido, es comprobar que esa persona sigue dada de alta y, si se cumple esa condición, pagársela.
No obstante, puede ser cualquier tipo de orden. Yo le puedo decir que cada vez que la humedad baje del 50 % en mi huerto, active los aspersores. Así que el smart contract va al internet de las cosas (IoT), donde pregunta cómo es esa humedad, y ejecuta la orden si se cumplen las condiciones. Y podría consistir en que, por ejemplo, las puertas del Retiro se cerraran a una determinada hora, salvo que haya luz diurna.
P. ¿Las redes blockchain son siempre descentralizadas?
R. No siempre. Hay registros distribuidos, o blockchain, que son centralizados y otros que son descentralizados. El bitcoin, por citar el más representativo, es de estos últimos. ¿Y qué determina eso? Pues la posibilidad de que los usuarios tengan la soberanía en la toma de decisiones. El blockchain te permite crear comunidades de finanzas descentralizadas para que voten, se tomen y se ejecuten decisiones en los términos acordados.
Sin embargo, es cierto que, hasta ahora, la descentralización está siendo muy relativa. Las blockchains son distribuidas, pero en una gran mayoría son bastante centralizadas: el futuro euro digital, sin ir más lejos, estará centralizado por el Banco Central Europeo (BCE) y los bancos centrales nacionales de los Estados miembros, porque serán quienes tengan la responsabilidad sobre ello.
P. ¿Qué otras ventajas aporta la tecnología blockchain?
R. Para empezar, que no solo reduce costes, sino también los posibles conflictos de interés: cuando el administrador de una sociedad toma una decisión, ha de hacerlo en el beneficio de la sociedad, pero al final la decisión la toma él.
Por otro lado, con blockchain podemos auditar toda la información, porque es trazable e inmutable. Hay quienes lo usan solo como base de datos para hacer trazabilidad de su producto, por ejemplo, para insertar información y crear un registro que ya sabes que contiene información segura, que nadie ha tocado.
En tercer lugar, en los smart contracts, permite lo que llamamos operaciones atómicas: aquellas que no se pueden separar, de tal manera que, cuando yo entrego algo, me tienen que dar la contraprestación en ese instante. Y, si no hay contraprestación, no entrego lo que sea. En un mercado de valores tradicional, al vender o comprar una acción, el activo (es decir, el dinero) puede tardar incluso más de dos días en llegar. Con blockchain, las operaciones se hacen en tiempo real, por lo que se eliminan los riesgos financieros.
P. ¿Tiene el blockchain desafíos o limitaciones?
R. Bueno hay muchos. Un desafío enorme es el regulatorio, porque necesitamos una normativa que tienda a estandarizar cómo se construye el blockchain y los estándares de las redes y de los activos, para que tengan seguridad jurídica y sean interoperables. En segundo lugar puede estar un alto consumo energético, aunque esto depende de cómo se configure la red y cuál sea el volumen. Luego está el desconocimiento, y por eso la formación en blockchain es fundamental en estas cuestiones, tanto para jueces y fiscales como operadores de servicios jurídicos, empresarios... Si insertamos el euro digital en esta tecnología, habrá que formarse a toda velocidad. Y, en último lugar (pero no menos importante), están los riesgos cibernéticos.
Es imprescindible procurar una formación especializada; hay que leer mucho y hay que leer por sí mismos. Pero cuidado, porque en este sector también hay mucho humo: hay quien ofrece información no fiable y productos que en realidad no se justifican en blockchain. Pero en España hay muy buenos centros y muy profesionales. Si no se sabe, hay que buscar un especialista, porque esto es una tecnología compleja y hay que conocer las tres patas sobre las que se sustenta: la tecnológica, la regulatoria y la económica (el ámbito del modelo de negocio).
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