Los consejos comunales, sus prácticas comunicativas y la democracia participativa

 



QUÓRUM ACADÉMICO

Vol. 14 Nº 1, Enero-Junio 2017. Pp. 64-86

Universidad del Zulia


Los consejos comunales, sus prácticas comunicativas y la democracia participativa


Guadalupe Oliva


Resumen

En este trabajo se aportan elementos para establecer cuál es el rol que están desempeñando los consejos comunales de Maracaibo en la construcción de la democracia participativa en Venezuela, mediante el análisis de algunas de sus prácticas comunicativas. Para tal fin, se recolectó la información a través de seis grupos focales con integrantes de consejos comunales de la ciudad. Generalmente, en las democracias representativas se observa una difusión vertical de los mensajes en la relación gobierno-ciudadano. Por esta razón, se considera pertinente determinar si esa práctica comunicativa se reproduce en las relaciones internas y externas de los consejos comunales o si por el contrario, promueven y ejercitan procesos de comunicación dialógicos, horizontales, que implican reciprocidad y libertad de pensamiento, tan necesarios para que la democracia participativa se instale como forma de gobierno comunitario.

Palabras clave: Consejo comunal; comunicación; democracia; participación.



Recibido: Enero 2017 - Aceptado: Marzo 2017


  • Comunicadora Social. Magister en Gerencia. Estudios doctorales en Ciencia Política. Profesora Titular de la Universidad del Zulia. Investigadora adscrita al Centro de Investigación de la Comunicación y la Información de la Universidad del Zulia. oliva.guadalupe@gmail.com


    Communal councils, their communicative practices and participatory democracy

    Abstract

    In this paper, elements are provided to establish the role of the communal councils of Maracaibo in the construction of participatory democracy in Venezuela, through the analysis of some of their communicative practices. For this purpose, information was collected through six focus groups with members of city councils. Generally, in representative democracies there is a vertical diffusion of the messages in the government-citizen relationship. For this reason, it is considered pertinent to determine if this communicative practice is reproduced in the internal and external relations of the communal councils or if, on the contrary, they promote and exercise dialogical, horizontal processes of communication that imply reciprocity and freedom of thought. These last characteristics are necessary in order to install participatory democracy as a form of community governance.

    Keywords: Communal council; democracy; communication; participation.

    En su texto Democracia y discurso político. Caldera, Pérez y Chávez, Méndez (2004) presenta una visión panorámica sobre las definiciones contemporáneas de la democracia.


    • Democracia directa: forma de gobierno en la cual el derecho a tomar las decisiones políticas lo ejerce directamente la asamblea de ciudadanos, actuando bajo la regla de la mayoría; es posible en comunidades pequeñas o locales. Al igual que las asambleas, los referendos son expresión de esta concepción de la democracia.


    • Democracia representativa: forma de gobierno en la cual los ciudadanos ejercen el derecho a tomar decisiones a través de representantes elegidos, los cuales son responsables ante sus representados.

Bobbio en su concepto sobre la democracia explica:

«… en cuanto contrapuesta a todas las formas de gobierno autocrático, se define por un conjunto de reglas (primarias o fundamentales) que establecen quién está autorizado para tomar decisiones colectivas y bajo qué procedimientos… La regla fundamental es la de la mayoría, o sea, la regla


con base en la cual se consideran decisiones colectivas y por tanto obligatorias para todo el grupo las decisiones aprobadas al menos por la mayoría de quienes deben de tomar la decisión» (2000:24-25).

Según el autor, a una definición mínima de democracia no le basta ni la atribución del derecho de participar directa o indirectamente en la toma de decisiones colectivas para un número muy alto de ciudadanos, ni la existencia de reglas procesales como la de la mayoría; es necesario que quienes estén llamados a elegir a quienes deberán decidir, se planteen alternativas reales y estén en condiciones de seleccionar entre ellas. Y para que esta última condición se cumpla, es indispensable que a quienes deciden les sean garantizados los derechos de libertad de opinión, de expresión de la propia opinión, de reunión, de asociación, es decir, los llamados derechos inviolables del individuo.

No obstante la defensa que hace de la democracia procedimental, y más contextualizado en la realidad actual, Bobbio apunta seis falsas promesas que este tipo de democracia planteó a los ciudadanos: el individuo soberano, la representación política, que vela por los intereses comunes, derrota del poder oligárquico, ocupación de todos los espacios en donde se ejerce un poder que toma decisiones obligatorias para un completo grupo social, eliminación del poder invisible (¿quién controla a los controladores?) y educación de la ciudadanía.

Según Guevara (1997: 65), y en esto probablemente coincida con Bobbio,

«… el mayor peligro que ofrece la representación para la verdadera democracia es su efecto de elitización de la política. Por definición misma, la representación supone la división de los ciudadanos de un colectivo en miembros activos y miembros pasivos, con el añadido que los activos son una minoría y los pasivos la gran mayoría».

De esta forma, la participación aparece como la variable esencial de la democracia. Sin participación no puede haber democracia y no es la participación del que acepta pasivamente las decisiones que otros toman por él y en su nombre.

Guevara apuesta a que la verdadera democracia es la participativa. La describe como una forma de convivencia en la que todos participan, en plano


de igualdad, en los asuntos colectivos –aquellos que los afectan de un modo general-, como medio indispensable para alcanzar el completo desarrollo tanto individual como colectivo.

La participación está subordinada normativamente a propósitos valorativos superiores, pues constituye el medio necesario para lograr el desarrollo individual y colectivo. El individualismo, valor venido del paradigma liberal, también que está implícito en el modelo democrático participativo, pero superándolo en su propuesta teórica. El mismo aquí ha de ser un individualismo solidario, según el cual la satisfacción de los intereses particulares presupone la satisfacción de los intereses colectivos. Por otra parte, este modelo implica la existencia de unos derechos que la hacen posible y que están fuera del alcance de la voluntad de quienes participan, tales como el derecho a la vida, a la libertad de expresión, a la libertad de organizarse.

Desde la perspectiva de Fals Borda (1985), la relación participativa del sujeto/sujeto, en condiciones de respeto, tolerancia, entendimiento, pluralismo, comunicación e identidad de propósito, aún con las diferencias implícitas, rompen las relaciones de subordinación, explotación, opresión y manipulación que aparecen en nuestras sociedades en muchos aspectos de la vida cotidiana.

Méndez y Morales (2001) consideran que los verdaderos procesos de democratización deberían transitar la ruta desde la democracia procedimental a la democracia sustantiva y de ésta a la democracia participativa, ya que son los elementos sustanciales los que van a determinar la calidad de la democracia.

Por otra parte, desde la perspectiva de la democracia deliberativa, Joshua Cohen (1999) explica que una decisión es colectiva siempre que surja de disposiciones de elección colectiva vinculante que establezcan condiciones de razonamiento libre y público entre iguales, que son gobernados por las decisiones.

Como los requisitos para el razonamiento libre y público entre iguales no son estrictamente políticos, la democracia, entendida como deliberativa, no es sólo una forma política. Más allá de pretender crear una cultura pública de discusión razonada sobre los asuntos políticos o de proponer maneras


de arreglar esta cultura con las instituciones democráticas convencionales

–como el voto-, se trata de «vincular de modo manifiesto el ejercicio del poder a condiciones de razonamiento público» (Cohen, 1999: 237). Citando a Habermas, continua diciendo: «… se trata de establecer todas esas condiciones de comunicación bajo las cuales puede llegar a darse una formación discursiva de voluntad y opinión de parte de un público compuesto por los ciudadanos de un Estado, y generar poder comunicativo…».

La principal afirmación de la democracia deliberativa es que, gracias a procedimientos adecuados de deliberación, es posible alcanzar formas de acuerdos que satisfagan tanto la defensa de los derechos liberales como la legitimidad democrática representada por la soberanía popular. Habermas reinterpreta la soberanía popular en términos intersubjetivos como un poder generado por medios comunicacionales.

También Guevara (1997) ofrece su visión sobre la relación entre comunicación y democracia: la democracia se refiere a un proceso institucionalizado de comunicación en una sociedad, a través del cual los miembros deliberan públicamente y llegan a decisiones colectivas vinculantes. La teoría comunicacional de la democracia de Habermas y sus seguidores supone una concepción de la esfera pública a modo de un espacio permanentemente en expansión para el aprendizaje social, la crítica y la autonomía. La esencia de esta teoría es la identificación radical de la democracia con la participación, a la que se erige en criterio fundamental de legitimidad.

Otra razón para abogar por la participación social y política amplia, permanente e institucionalizada reside, para Habermas, en lo siguiente: puede contribuir en la realización de los valores normativos de la modernidad: autonomía, autorrealización y, especialmente, autogobierno, que están íntimamente ligados a la libertad, la paz, la disminución de las desigualdades, la ciudadanía amplia, el reconocimiento del pluralismo social y cultural y la igual dignidad de todos los hombre y sus culturas» (Habermas citado por Vergara, 2005:85-87).

Considerando las perspectivas descritas, ¿pueden considerarse las prácticas comunicativas que desarrollan los consejos comunales como reflejo de la democracia participativa/deliberativa?


La democracia participativa en Venezuela


Ochoa y colaboradores (2007), al observar el proceso de descentralización en Venezuela, plantean que ésta ha transitado por caminos y visiones distintas. De una descentralización territorial propuesta y defendida dentro del debate de la Reforma del Estado, se pasó a considerar una descentralización participativa vinculada al concepto de democracia y centrada en el ciudadano como protagonista de sus propios procesos de autorrealización y como promotor del bienestar social.

Respecto a la descentralización como estrategia democrática, el artículo 158 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela expresa: «La descentralización, como política nacional, debe profundizar la democracia, acercando el poder a la población y creando las mejores condiciones, tanto para el ejercicio de la democracia como para la prestación eficaz y eficiente de los cometidos estatales».

Esta misma constitución garantiza la participación ciudadana al considerar que:

«Todos los ciudadanos y ciudadanas tienen el derecho de participar libremente en los asuntos públicos, directamente o por medio de sus representantes elegidos o elegidas… La participación del pueblo en la formación, ejecución y control de la gestión pública es el medio necesario para lograr el protagonismo que garantice su completo desarrollo, tanto individual como colectivo. Es obligación del Estado y deber de la sociedad facilitar la generación de las condiciones más favorables para su práctica» (artículo 62).

Explica Romero (2007) que la literatura sobre descentralización, aunque hace énfasis en la transferencia de competencias del gobierno central hacia los gobiernos regionales y locales, también dedica algún análisis a la participación ciudadana. Suele relacionarse con la eficiencia en la prestación de los servicios públicos, la rendición de cuentas de los funcionarios electos y la participación electoral. Esta concepción de la participación ciudadana está integrada al marco de la democracia representativa.

Pero, como se observa en los artículos de la Constitución antes expuestos, esta no es la visión de la participación ciudadana que establecieron en 1999 los constituyentistas venezolanos, ni la visión política del gobierno


que encabezara el presidente Chávez a partir de 1998, ya que no instituye una auténtica descentralización del gobierno hacia las comunidades. Si los gobiernos de Chávez y Maduro han promovido el empoderamiento de la ciudadanía a partir de la promoción de la organización comunitaria con los consejos comunales, no es menos cierto que han centralizado el poder estatal en el Gobierno Nacional, dando un paso atrás en el proceso de transferencia de competencias a los gobiernos locales, entre otras formas mediante estrictos controles administrativos que imposibilitan la toma de decisiones a las propias instituciones vinculadas al Gobierno Nacional con presencia en las distintas regiones del país.

Así, desde el punto de vista teórico, la perspectiva venezolana se asocia más a lo que se define como la descentralización política hacia las comunidades:

«… consiste en el reconocimiento de la competencia de la comunidad organizada para identificar sus problemas y tomar todas las decisiones al respecto: la forma de abordarlos y el orden en que deban ser atendidos. Las decisiones tomadas por las comunidades son de cumplimiento obligatorio para las autoridades formales del ente público responsable, sea este parte de un órgano del gobierno central, regional o local. Esto es mucho más que participación en el hacer. Es un ejercicio directo de la soberanía popular» (Romero, 2007: 20-21).

Según Romero, en la medida en que las decisiones tomadas por las comunidades sean vinculantes para las autoridades formales, se tratará de democracia directa y no del ejercicio del gobierno representativo con mayor o mejor legitimidad.

Para Sosa (2007), desde su inicio, la revolución bolivariana se propuso superar las limitaciones de la democracia representativa a través de una democracia participativa y protagónica. La pretensión manifiesta del gobierno nacional ha sido la de implantar la democracia directa, en la que todo ciudadano es invitado a participar en las decisiones públicas. Sosa tiene razón al argumentar:

«En la práctica no es fácil acertar con el método adecuado para tratar y decidir los asuntos públicos con la participación directa y constante de todos los ciudadanos.


La cantidad y la complejidad de los problemas de una sociedad moderna exigen mediaciones igualmente complejas» (Sosa, 2007: 41).

Según este autor, el poder comunal, como expresión del poder popular, es una de las dimensiones constitutivas del proyecto bolivariano venezolano. El sujeto político del poder popular no puede ser otro que el pueblo organizado, que a su vez tiene el dominio sobre los instrumentos del poder. Acaso valdría decir que el sujeto político del poder comunal es la comunidad organizada, a cuyo designio debería someterse el Estado. Es así como al ser el ciudadano organizado en la comunidad el sujeto político principal, se intenta desarrollar en Venezuela la democracia participativa y protagónica, a través de la promoción normativa de los Consejos Comunales y de otras figuras de esa naturaleza.

Sin embargo, para Sosa resulta inadecuado contraponer en forma excluyente democracia representativa y democracia participativa.

«La democracia protagónica requiere ambos adjetivos, asegurando que las formas representativas sean realmente participativas y que la participación directa o a través de la representación sea realmente tal, para lo cual la formación ciudadana y la circulación de la información oportuna y completa son condiciones sine qua non» (Sosa, 2007: 45).

Partiendo de esta última afirmación y de las conceptualizaciones sobre la democracia participativa y la deliberativa, ambas, a nuestro juicio, fundantes de la concepción de los consejos comunales como expresión del poder popular, se hace imprescindible reconocer los procesos internos de comunicación y circulación de información que operan en estas instancias, pues tal como señala Sosa, la pretensión del sistema político venezolano puede ser empoderar al ciudadano, pero la práctica ciudadana puede estar orientándose en otras direcciones.


La comunidad y los consejos comunales


Según el artículo 4 de la Ley Orgánica de las Comunas, promulgada por la Asamblea Nacional venezolana en 2010, una comunidad es un «núcleo básico e indivisible constituido por personas y familias que habitan en un ámbito geográfico determinado, vinculadas por características e intereses


comunes; comparten una historia, necesidades y potencialidades culturales, económicas, sociales, territoriales y de otra índole».

También puede entenderse como el agrupamiento de individuos en el que se produce una serie de interacciones fundadas en valores, en códigos y significados, en fines, en expectativas compartidas. Expresa María Cristina Mata (2009) que es necesario comprender que compartir no significa necesariamente la existencia de consensos y acuerdos, sino que se refiere a lo que nos es propio. Desde esta perspectiva, el conflicto y la deliberación aparecen como escenarios que la comunidad transita.

Pero la comunidad no es estática; está en permanente transformación y es en este proceso de cambio que edifica lazos sociales, lazos de confianza e identidades, compromisos, proyectos a largo plazo, participación política, resistencias, espacio público.

No debe olvidarse que lo comunitario está directamente vinculado con la construcción colectiva del bien común y, por lo tanto, con la vocación política, en términos de construcción de ciudadanía y participación social (Uranga, 2009).

A su vez, la comunidad que es política, tal como señala Larisa Kejval (2010), al expresarse, deliberar y presionar, puede generar transformaciones sociales. Pero la comunidad que comparte intereses asociados a las nociones de proyecto y de futuro requiere organizarse para alcanzar sus fines y expectativas.Así aparecelacomunicacióncomo base de las relaciones internas de la comunidad que permite reconocer las diferencias y coincidencias, así como plantear y resolver conflictos, pero también como interacción de esta con el entorno más allá de lo local y especialmente con el Estado.

Entiéndase que hablamos de una concepción de la comunicación en la que se construyen y reconstruyen colectivamente vínculos y sentidos. Kaplún (2007) señala que a partir de esta construcción común tejida desde lo cotidiano, es posible plantearse cambios profundos.

Un espacio para la organización comunitaria ha sido promovido por el Estado venezolano desde 2006, cuando se promulga la primera Ley de los Consejos Comunales. En 2009, se anuncia una segunda versión ahora con carácter orgánico. Esta normativa los define en su artículo 2, dentro del marco constitucional de la democracia participativa y protagónica, como:


«… instancias de participación, articulación e integración entre los ciudadanos, ciudadanas y las diversas organizaciones comunitarias, movimientos sociales y populares, que permiten al pueblo organizado ejercer el gobierno comunitario y la gestión directa de las políticas públicas y proyectos orientados a responder a las necesidades, potencialidades y aspiraciones de las comunidades, en la construcción del nuevo modelo de sociedad socialista de igualdad, equidad y justicia social».

Constituyen parte fundamental del modelo político territorial del país y como expresa Romero (2007): representan, junto a las comunas, las instancias donde se ejerce el poder popular. Se trata de una descentralización política hacia las comunidades que reconoce la competencia de la comunidad organizada para identificar sus problemas y tomar todas las decisiones al respecto. En teoría, las decisiones tomadas por las comunidades son de cumplimiento obligatorio para las autoridades formales del ente público responsable, sea este parte de un órgano del gobierno central, regional o local. Repetimos; en teoría.

En la ley comentada, la Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas (típico canal de la democracia directa) se reconoce como el órgano primario para el ejercicio del poder, la participación y el protagonismo popular. El Colectivo de Coordinación Comunitaria, las unidades Ejecutiva, Administrativa y Financiera Comunitaria y de Contraloría Social, así como los comités de trabajo son estructuras dispuestas en la ley ¿Cómo operan estas instancias?

¿Cómo es su relación con el resto de la comunidad? ¿Cómo se toman las decisiones? Son algunas interrogantes importantes, pues el ejercicio de la democracia participativa no ha sido una práctica común ni promovida históricamente en Venezuela. Ello no descarta que en ciertas instancias vecinales se haya dado dicha práctica. Pero no ha sido la regla.

Por otra parte, la ley establece la posibilidad de crear comités de medios de comunicación e información ¿Existen? ¿Qué funciones están desempeñando? ¿Qué canales usan?

Colocando el foco en el Estado venezolano, según Carpio Benalcázar (2006:16) la generalización del discurso participativo no se expresa en la práctica y ello ocurre debido a la incipiente capacidad de manejo de metodologías de trabajo popular y la persistencia del clientelismo que utiliza

la clase política para mantener su poder.


El Estado ha sido promotor de la participación ciudadana, dictando normas y mecanismos para llevar adelante un modelo de desarrollo que pretende ser participativo. Sin embargo, Carpio señala que la institucionalización de la participación ciudadana desde el Estado fragmenta la acción colectiva y le resta vida y creatividad al atraparla en un marco legal que fuerza procesos y obliga a la formalidad, castrándola de objetivos a largo plazo (2006: 16-17). No sólo se trata de procesos legales que maniatan la acción comunitaria, sino también de una dinámica de políticas públicas que se emprenden desde el Gobierno Nacional y que se convierten en el epicentro de las prácticas cotidianas de los consejos comunales. La Gran Misión Vivienda Venezuela y los Comités Locales de Abastecimiento (CLAP) son ejemplos de ellas.

Expresa Carpio que es necesario que las prácticas participativas salgan del espacio burocrático que el Estado quiere marcar para su propia gobernabilidad y legitimidad (2006:21). Así, resulta necesario construir una ciudadanía con autonomía que de manera concertada proponga una agenda propia que exprese su visión de futuro y le permita realizar acuerdos perdurables en pos de dicha visión.


La muestra de los consejos comunales


La mayor parte de las investigaciones sobre consejos comunales han dado cuenta de su conformación y, en sentido general, de su comportamiento en términos de seguimiento a la ley y de los logros alcanzados. Actualmente, crece el interés en temas más vinculados con su actuación cotidiana y trascendencia, entre los cuales destaca el tema de la comunicación.

Marta Harnecker publicó en 2008 una investigación titulada Transfiriendo el poder a la gente, en la que expone la experiencia del municipio Torres, del estado Lara, Venezuela, en lo que a organización y participación ciudadana se refiere. Pero la autora no aborda sino de manera muy superficial el tema de los procesos dialógicos y de información que se desarrollan y/o deben realizarse en el seno de las organizaciones comunitarias. No hay conclusiones al respecto.

Otras investigaciones como la de Marcano y colaboradores (2008) en su análisis de los consejos comunales constituidos para la fecha en el municipio Los Taques del estado Falcón, afirmaron la necesidad de mejorar los procesos


de información. Más allá de los canales, tampoco hubo indagatoria sobre el tema de la comunicación.

También en 2008, el Centro Gumilla desarrolló el Estudio de los Consejos Comunales en Venezuela, una investigación exploratoria que recogió información de una amplia muestra (1.138 consejos comunales). Sobre lo que concierne a las relaciones de los consejos con la comunidad, llamó la atención el alto porcentaje de consejos comunales que no mantenían una comunicación permanente con su comunidad (42 por ciento), lo cual consideraban preocupante, pues «ello estaría señalando la constitución de consejos comunales como franquicias personales para captación de renta, dejando las necesidades de los pobladores al margen, pero utilizándolos para su propio beneficio» (Machado, 2008:51).

Otro estudio realizado por Varguillas y colaboradores (2009) acerca de la formación democrática para la viabilidad de los consejos comunales, concluye que en el caso del Consejo Comunal del Casco Sur, Municipio Mariño, estado Aragua, Venezuela, sus voceros manifestaron muy pocos logros y expresaron que han enfrentado dificultades para organizarse y lograr la participación de la comunidad. Consideraban que necesitan capacitarse para poder actuar. Es de esperarse que la falta de participación de la comunidad pueda estar vinculada con la cultura política de la propia comunidad o con procesos ineficientes de comunicación e información por parte de los integrantes del consejo comunal. Nada se concluye al respecto.

Estas investigaciones plantean una preocupación por lo referente a la comunicación en los consejos comunales, instancias donde por ley debería ejercerse la democracia participativa. El problema es que aun cuando se decrete, la democracia en realidad puede ser una en el papel y otra en la práctica social cotidiana.

En Maracaibo, Venezuela, actualmente existen 1190 consejos comunales registrados1.

De la zona suroeste de la ciudad, se seleccionaron organizaciones comunitarias de este tipo pertenecientes a las parroquias Francisco Eugenio Bustamante, Luis Hurtado Higuera, Cristo de Aranza, Cacique Mara y Cecilio Acosta, que reúnen sectores populares y de clase media, para

1 Este impresionante número pudiera asociarse a la política de distribución de alimentos a bajo costo y casa por casa del Gobierno nacional, cuya responsabilidad descansa en este tipo de organizaciones.


indagar acerca del rol que están desempeñando los consejos comunales de Maracaibo en la construcción de la democracia participativa en Venezuela, mediante el análisis de sus prácticas comunicativas.

Para explorar la respuesta a la interrogante planteada se seleccionó la metodología cualitativa. Voceros de los consejos comunales de Valle Eclipse, Hato Verde Socialista, Vencedores Unidos por la Comunidad, Relámpago Socialista del Catatumbo, El Cerro y Maracaibo Antañón integraron seis grupos focales que se estructuraron como muestra intencional y que corresponden a estratos socioeconómicos bajo y medio-bajo.

Se escogió esta técnica porque el grupo de discusión o focal rompe con el culto al experto y convierte al participante en actor principal. Puede considerarse como una especie de ejercicio comunicativo/democrático, donde todos exponen de forma igualitaria y libremente sus ideas, aunque la agenda sea impuesta. También, permite el acceso al lenguaje propio de los participantes, sus conceptualizaciones y preocupaciones y, sobre todo, ofrece la posibilidad de observar los procesos colectivos de construcción de sentido, lo cual resulta muy significativo para la aproximación a los sujetos sociales que se estudian.

En este artículo se presentan discusiones acerca de algunos de los tópicos relacionados con los procesos comunicativos de los consejos comunales abordados en los grupos focales.


Bases de la comunicación


Para reconocer las construcciones y significados que sustentan las prácticas comunicativas, se indagó acerca de lo que entendían los voceros por comunicación.

Las respuestas fueron similares en los seis grupos: comunicación es diálogo, tratar de solucionar los problemas juntos, participación, llegar a acuerdos.

«Es muy importante dentro de nuestra comunidad, porque nos podemos informar de todo lo que pueda pasar. Es ponernos de acuerdo, después que todos expongan sus puntos. Pero tiene que haber respeto y tolerancia» (Ninoska, Hato Verde Socialista). Esta participante agregaba que ni en la


comunidad ni en el consejo comunal existía «cien por ciento el diálogo», pero que trataban. «... Tenemos que tener la responsabilidad de ayudar aunque la otra persona nos maltrate».

Los participantes entendían que la comunicación es un factor clave para la solución de conflictos. «Si nos encerramos y no nos llamamos al diálogo nos va mal; no somos adivinos y por lo tanto debemos dialogar para poder conocer y resolver los problemas de la comunidad. Pero creo que para el diálogo lo primero es el respeto mutuo» (Deisya, Valle Eclipse).

Comunicación y diálogo se asimilan como prácticas semejantes que se valoran como aquello que hace falta para la consolidación de la comunidad y su progreso. Asociados a la comunicación se mencionaron otros aspectos como la deliberación con respeto por la diferencia; el intercambio acerca de lo que interesa a la comunidad en paz, sin violencia; la retroalimentación y la escucha activa; el aprendizaje del otro; la posibilidad de solucionar problemas; la sinceridad, la empatía y la honestidad como valores esenciales para la convivencia en la comunidad; planteamientos con bases firmes e ideas concretas para el debate.

«Si practicamos la comunicación sin cambiar lo que yo pienso, pero entendiendo lo que el otro vive, así se pueden encontrar puntos en común y se pueden conseguir soluciones. Si no busco los puntos en común que nos puedan unir, el dialogo no existe y lo que se desarrolla es la intolerancia. Debo reconocer que el otro existe, el otro piensa y yo tengo que aceptar que el otro piensa distinto a mí» (Alexánder, Relámpago Socialista del Catatumbo).

La diversidad aparece como un valor muy importante, así como el respeto.


Asambleas y reuniones: ¿expresión de democracia participativa?


Para que pueda desarrollarse la democracia participativa en las comunidades es necesario que existan espacios para el encuentro y el debate. Las asambleas ciudadanas son la máxima instancia de deliberación y sus decisiones son «de carácter vinculante para el consejo comunal respectivo» (Asamblea Nacional, 2009). El legislador pretendió asegurarse de que toda la comunidad discutiera y decidiera acerca de los asuntos que les competen. Pero los resultados de los grupos focales realizados indican que estas


asambleas no se realizan regularmente. Y la ley que las rige no establece cuál debería ser la periodicidad de las mismas. Por otra parte, la mayoría de los voceros consideran que son fuente de conflictos, lo cual es considerado como negativo.

Para el caso del consejo comunal Relámpago Socialista del Catatumbo, por ejemplo, se realizaban mensualmente hasta febrero de 2014, cuando comenzaron las llamadas «guarimbas», que impidieron el uso de las calles para la realización de las asambleas a las que asistían entre 120 y 140 personas. Sin embargo, las reuniones del consejo comunal son consuetudinarias. De 20 a 25 voceros discuten los asuntos de la comunidad.

En el caso de Valle Eclipse, el consejo se reunía todos los lunes.

«Al principio siempre nos reuníamos. Ya ahora ha habido mucha apatía, porque ya todos los proyectos se están ejecutando. Se han dejado de hacer las reuniones internas Las decisiones se tomaban por voto mayoritario. Pero cada quien participaba. Todos hablaban. Y las asambleas se hacen cuando hay algo que notificarle a la comunidad. Pero no se hacen mensual ni periódicamente» (Víctor, Valle Eclipse).

En este consejo comunal las asambleas están vinculadas a proyectos financiados por instituciones gubernamentales, que por ley deben ser aprobados por esa instancia comunitaria. En función de lo expresado por sus miembros, si no hay proyecto gubernamental que discutir, no se convocan asambleas, lo cual, además, es el comportamiento usual en los otros consejos participantes de la investigación.

En Hato Verde Socialista, los voceros se reúnen quincenalmente y cada comité expone los proyectos que está trabajando.

«Pero con la comunidad hemos evitado reunirnos porque empiezan a decir que hemos robado y eso... sí lo hacemos con los beneficiarios, pero no con toda la comunidad» (Luisa, Hato Verde Socialista).

Los beneficiarios son las personas que obtendrán ayudas directas, pues los proyectos se enfocan sobre todo en la construcción de residencias a través de la política nacional Gran Misión Vivienda Venezuela y en el desarrollo de actividades productivas en las que participa sólo una parte de la comunidad.


Igual ocurre con los tres consejos restantes: las asambleas son esporádicas y generalmente para plantear o aprobar proyectos.

Romero (2007) señala que la Asamblea tiene una gran importancia y su fortaleza reside en la participación del mayor número de habitantes y en su desenvolvimiento democrático. Para esto, es importante que las convocatorias sean ampliamente difundidas, a través de visitas casa por casa, colocación de afiches, entrega de convocatorias escritas, informaciones por radio, prensa o televisión.

En el caso de Relámpago Socialista del Catatumbo, se usan distintos recursos para la convocatoria: habladores, es decir, afiches pequeños, que se colocan en postes, paredes de casas de vecinos, abastos, iglesias; mensajes de texto y mensajes enviados por redes sociales como twitter y facebook, pero ello también se completa con la información cara a cara con los vecinos.

La preparación de la reunión corre por cuenta de los voceros que se reúnen y deciden qué agenda llevar a discusión.

«Primero, hacemos una exposición de los problemas y luego abrimos la participación... los vecinos llevan hasta sus problemas personales... y allí entre todos, se los resolvemos» (Doris, Relámpago Socialista del Catatumbo).

En los otros cinco consejos comunales, la convocatoria para la asamblea de ciudadanos la hace el vocero en su calle. Y para las reuniones internas se usan llamadas desde teléfonos fijos o celulares, mensajes de textos, una visita. Es sobre todo comunicación directa y caraca a cara.

Las decisiones de asambleas se toman por aprobación de mayoría,

«pero siempre tratamos de buscar primero el consenso» (Doris, Relámpago Socialista del Catatumbo). En el resto de los consejos comunales, las decisiones también se toman con la regla de la mayoría simple. Algunos voceros señalan que este tipo de reuniones son muy conflictivas, razón por la cual se evita realizarlas. «Se ha hecho una sola asamblea para aprobar el proyecto que no se hizo, que no se ejecutó. Hace más de un año que no hay otra» (Tulia, El Cerro).

Respecto a las reuniones de voceros, solo tres de los seis consejos las realizan periódicamente. «Tenemos como un año que no nos reunimos todos los del consejo comunal. Las reuniones eran terribles: puras peleas…»

(Mariela, El Cerro).


Dada la falta de asambleas y de reuniones internas de todos los miembros de los consejos, las decisiones rutinarias y de pequeños proyectos o actividades son tomadas por las personas que conforman la Unidad Ejecutiva, que a su vez integran el Colectivo de Coordinación Comunitaria. De acuerdo con la Ley Orgánica de los Consejos Comunales de 2009, es precisamente la Unidad Ejecutiva la encargada de crear y organizar el sistema de información comunitario interno; también de articular y promover la participación e integración de las organizaciones comunitarias, movimientos sociales y habitantes de la comunidad. Esta situación constituye un riesgo de elitización de los consejos comunales.

Lo que se observó en los grupos focales es que en algunos casos la consulta con la comunidad no se hace mediante asambleas, como ya se mencionó, sino con visitas a los hogares, para evitar la deliberación y el conflicto, que son elementos constitutivos de la democracia participativa.

Explican Colina y Oliva (2014) que la comunicación es un fenómeno humano complejo con propiedad de comunidad, de correspondencia a través del diálogo social, un espacio generador de acuerdos y desacuerdos, que propicia armonía y conflicto.

«La armonía y conflictividad reveladas se resuelven o no de acuerdo con la dimensión comunicativa democrática manifiesta. Aquí la comunicación es entendida como un diálogo franco, abierto y plural… Es importante que la relación dialógica que se da en la comunicación permita que el conflicto se desarrolle democráticamente» (2014: 290).

La búsqueda de una armonía real y no aparente, producto de la deliberación de propuestas, que resulte del debate, de ventilar los conflictos y no evitarlos, será lo que profundice el ejercicio de una democracia plural y participativa. La evasión del conflicto no implica armonía ni mejora la calidad de la democracia participativa en las comunidades.

Uranga explica que ya que no existe la posibilidad de coincidir en todo, es imprescindible asumir la diversidad, la diferencia como un valor, aun cuando en determinado momento se convierta en un obstáculo... «La comunicación colabora en la construcción de consensos, pero también en la constitución de un espacio de diálogo en la diferencia» (2009:181).


Si la construcción de lo público es una lucha por el poder, pensar que en los consejos comunales no se librarán batallas, conflictos, tensiones, enfrentamientos, es iluso. Lo que se espera es que esta lucha se dé en igualdad de condiciones y que si en la deliberación, como es común, algunos ciudadanos terminan influyendo sobre otros, ello sea logrado mediante argumentación, liderazgo social, vocación de trabajo, respeto y lealtad.

«El consejo comunal no se reúne, no convoca, yo no estoy informada de nada» (Tulia, El Cerro). En este grupo, viejas rencillas parecen ser la base de los conflictos actuales que no se resuelven porque se evitan. Lo mismo ocurre en otros dos consejos.

«Para lo de las viviendas, llamamos a asamblea para la asignación. Hubo muchos tropiezos. Todos querían. Se seleccionaron por votación, pero fue difícil» (Armando, Hato Verde Socialista).

Cuando se presentan conflictos en asambleas, el liderazgo del coordinador o vocero principal ayuda a orientar la discusión. Pero si ese liderazgo no está suficientemente cimentado en la comunidad, el conflicto toma proporciones y en ocasiones termina la reunión sin llegar a acuerdos. La responsabilidad no puede recaer sólo en este vocero; en realidad, la falta de competencias comunicativas en la comunidad, como escuchar al otro, aceptar diferencias, exponer claramente puntos de vista, son razones de peso.

Si los consejos comunales se supone que son organizaciones donde la comunicación es fundamental para la participación constructora de comunidad, ¿por qué sólo unos pocos toman decisiones?, ¿se trata de exclusión o de autoexclusión?, ¿cómo se puede garantizar la participación de toda la comunidad?


Liderazgo comunitario


En los consejos comunales estudiados los liderazgos son disímiles. Van desde liderazgos fuertes, «maternales», tal como lo definen voceros de Relámpago Socialista del Catatumbo, para referirse a Ruth, hasta liderazgos débiles y cuestionados.

Ruth llevaba las riendas del consejo, y se le reconoce sensibilidad, tolerancia, paciencia, dedicación, entrega a la comunidad, competencias para


el diálogo y la persuasión. Esta líder además demuestra dominio de normas legales y habilidad para la gestión frente a organismos gubernamentales.

«En el consejo comunal lo más importante son los valores sociales, o sea mantener un contacto directo con cada una de esas personas que viven en la comunidad. Llegas a conocer su problemática, su vida, sus necesidades, todo lo que ellas necesitan y es increíble como para uno basta saber eso para adoptar la responsabilidad social de querer estar allí siempre, pendiente de todas las personas, y luego todo ese entorno geográfico se vuelve hacia uno» (Ruth, Relámpago Socialista del Catatumbo).

En el consejo comunal Villa Eclipse también el vocero principal ejerce el liderazgo. Sus compañeros lo definen como una persona que le gusta ayudar a los demás y cuyas características resaltantes son el empeño y la tolerancia. Otra cualidad que se observó en este líder es el deseo de aprender y la importancia que otorga al conocimiento.

El resto de los liderazgos que se revelaron en los grupos focales son débiles y frágiles. «Quien recibe las peticiones o planteamientos es la coordinadora. Ella centraliza, tiene los sellos y firma las cartas de residencia

¿Quiénes participan? Sólo ella» (Mariela, El Cerro).

En estos casos, el líder asume todas las decisiones y la ejecución de responsabilidades recae únicamente en algunos voceros: «A mí, la coordinadora me llama para organizar el reparto de productos, pero la comunidad no participa, sino que va a recibirlos» (Beatriz, El Cerro).

Ni el liderazgo autoritario ni el liderazgo paternalista (o maternal) activan la democracia participativa. Estos tipos de liderazgo se centran en un sujeto y no en el sujeto, como expresa Tricás (2008). Se requieren líderes que promuevan el empoderamiento de la comunidad mediante la participación y el debate de ideas acerca de los asuntos que interesan a la misma, visión de futuro, decisiones y actuaciones de los consejos comunales. Aquí la comunicación es un elemento fundamental. Y la esencia del proceso comunicativo es la generación de diálogo, producto de una acción continua de intercambio de ideas entre individuos en la misma condición y con igual posibilidad de expresión.

Se evidencia que en cuatro consejos comunales la comunicación se disipa


como proceso dialéctico de intercambio entre iguales, para ser concebida como una comunicación-orden establecida por un polo emisor, conformado por uno o varios voceros principales.

En general, los participantes en la investigación asocian la participación comunitaria con la petición y consecución de beneficios gestionados por los consejos comunales, más que con el diálogo entre pares para la búsqueda y encuentro de soluciones a sus problemas comunes. La comunidad tiene voz para plantear sus aspiraciones y exigir la asignación de beneficios en una especie de dame y toma. Los consejos comunales no propician el diálogo, aun cuando entienden su importancia en la construcción colectiva de un futuro mejor para la comunidad.

«En el consejo ha crecido la participación. Van a preguntar dónde se saca la carta de residencia, preguntan por los planes vacacionales, por las bolsas de comida. Yo vivo en la casa comunal y uno ve más participación. El consejo ayuda a canalizar beneficios» (Salimé, Vencedores Unidos por la Comunidad).


Consideraciones finales


Desde el punto de vista conceptual, una propiedad de la comunicación que fue reiterativa entre los voceros de los consejos comunales analizados fue el respeto de lo diverso; pero evitar el conflicto constituye una práctica común de los mismos. Ello sugiere una contradicción entre teoría y praxis. No existe una cultura pública de discusión.

Por otra parte, el liderazgo que se expresa en estas organizaciones no promuevelademocraciaparticipativa, puesellíderserodeadealgunosvoceros y con ellos toma decisiones. Es una elitización del espacio comunitario, en el que entonces se observan miembros activos y miembros pasivos, lo cual no favorece la instalación de un verdadero autogobierno ciudadano.

El clientelismo es una amenaza importante para los consejos comunales, que orbitan alrededor de políticas públicas nacionales y se convierten en simplesgestoresdebeneficiosgubernamentales.Nohaydiscusiónpermanente de los problemas colectivos ni del proyecto de futuro de la comunidad.


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Esta revista fue editada en formato digital y publicada en junio de 2017, por el Fondo Editorial Serbiluz, Universidad del Zulia. Maracaibo-Venezuela


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